
En el cierre no se paga una sola cosa: se liquidan tributos distintos, ante entidades distintas, y algunos los retiene quien no es parte del negocio. La naturaleza del inmueble cambia qué se liquida, y por eso la lista del cierre de un lote no es la del cierre de una unidad en propiedad horizontal.
La pregunta que de verdad decide dinero no es cuánto, sino quién liquida y qué pasa si estaba mal liquidado. La notaría liquida lo que la ley le manda retener y declarar en la escritura; la oficina de registro cobra lo suyo para inscribir; el Distrito responde por el impuesto predial y por la contribución de valorización asociados al predio; y la DIAN es la entidad que dice, según la naturaleza y la destinación del inmueble, qué retención aplica a la operación y quién es el obligado a practicarla. Cuando lo que se compra es penthouse, esa respuesta cambia: no se liquida igual un suelo sin construir, una unidad sometida a propiedad horizontal y un inmueble destinado a una actividad comercial. Y lo que queda debiendo del pasado no se queda con el vendedor: el predio llega con lo suyo al comprador, y de ahí que el paz y salvo se pida antes de firmar y no después.
El penthouse se compra distinto porque lo que se adquiere está pegado al borde del edificio. La unidad del último piso disfruta en exclusiva de elementos que no son suyos: la cubierta que la cierra, la fachada que la envuelve y, con frecuencia, el espacio donde están los tanques, los equipos de presión y las antenas del conjunto. Esa asimetría es la clave de la compra. Lo que se goza solo no se controla solo: cerrar la terraza, poner una piscina o cambiar la carpintería no es una reforma interior sino una intervención en bien común, y quien la autoriza es la asamblea con la mayoría que exija el reglamento, no el propietario. Al mismo tiempo el coeficiente de copropiedad del último piso suele ser el más alto de la torre, de modo que la unidad soporta la fracción mayor de cada gasto del edificio, incluidos los que nacen justo encima de ella. Y la conservación es distinta: el deterioro por sol, salitre y agua se concentra en la cubierta y en la fachada superior, así que la pregunta útil antes de firmar no es cómo está el apartamento por dentro, sino cómo ha venido tratando la copropiedad la impermeabilización y qué se decidió sobre ella.
Comprar aquí casi nunca es tratar con un particular que tenga su folio al día: la contraparte suele ser una familia que ocupa desde siempre y documenta su derecho con papeles privados, o un consejo comunitario cuya representación legal se certifica ante el Ministerio del Interior y no ante la notaría. Esa es la primera diferencia de trámite: antes de hablar de precio hay que saber quién puede firmar y con qué acta lo autorizaron, porque un acuerdo con quien no representa al colectivo no se convierte en escritura por mucho que se firme. La segunda es que el suelo del corregimiento se repartió por ocupación y herencia sin partición inscrita, así que lo que hay suele ser una sucesión sin liquidar y linderos descritos por vecinos. La tercera es la autoridad: sobre esta franja el Distrito no decide solo, porque concurren Cardique y la DIMAR, y en territorio colectivo aparece además el trámite de consulta previa. Y la infraestructura no es homogénea: el Anillo Vial es vía de orden superior y las calles interiores del pueblo son otra cosa, con acometidas de agua y vertimientos que conviene confirmar con la empresa de acueducto antes de contar con ellos.
Lo propio de La Boquilla
Un corregimiento de pescadores que quedó encajonado entre el mar y la Ciénaga de la Virgen, y al que el corredor hotelero le llegó encima sin desplazar a la comunidad. Conviven torres frente al mar sobre el Anillo Vial con vivienda informal de origen comunitario a pocas cuadras. Es la entrada natural a la Zona Norte desde Crespo y el aeropuerto, por el Anillo Vial, y eso mismo la congestiona en temporada.
- si el predio está dentro del territorio del consejo comunitario de La Boquilla, porque la titulación colectiva no se transfiere como un inmueble común y hay ventas que nunca van a poder registrarse
- hasta dónde llega la zona de bajamar, que es bien de uso público de la Nación y no es susceptible de propiedad privada por mucho que aparezca cercada y con escritura
- si la cadena de títulos tiene falsa tradición, muy frecuente en el corregimiento, porque eso impide la financiación hipotecaria
Qué verificar, paso a paso
- Pregunte a la DIAN qué retenciones y qué tributos se liquidan en una compraventa como la suya, quién está obligado a practicarlos y en qué momento del cierre se aplican. La respuesta depende de la naturaleza del inmueble y de la calidad del vendedor, no del acuerdo de las partes.
- Lo que la naturaleza de penthouse obliga a revisar antes de aceptar la liquidación del cierre: qué parte de la terraza es área privada y qué parte es bien común de uso exclusivo, porque de esa línea depende quién paga la impermeabilización de la cubierta cuando filtra; el coeficiente de copropiedad asignado, que en el último piso suele ser el más alto del edificio y fija la cuota para siempre y si la cubierta soporta los tanques, equipos y antenas del edificio, y qué servidumbre de acceso tiene la administración sobre la terraza.
- Pida al Distrito el paz y salvo del impuesto predial y el estado de la contribución de valorización que afecte al predio en La Boquilla, con fecha reciente y a nombre de la matrícula, no a nombre del vendedor.
- Pida el certificado de tradición y libertad a la Superintendencia de Notariado y Registro y lea si hay embargo, hipoteca o gravamen pendiente de cancelar, porque eso se paga antes de inscribir.
- Pida al administrador el paz y salvo de las cuotas de administración y de las cuotas extraordinarias aprobadas, y pregunte si hay alguna aprobada y aún no facturada.
- Pida a la notaría la liquidación del cierre por escrito antes de la firma, con cada concepto separado y con la entidad a la que va cada uno, y hágala revisar por su contador antes de girar.
Errores que salen caros
- Negociar quién paga qué sin saber quién está obligado a retener. El reparto entre las partes no desplaza la obligación legal, y el faltante aparece en la escritura o en la inscripción.
- Pedir el paz y salvo a nombre del vendedor. Lo que grava es el predio: el certificado se pide por la matrícula inmobiliaria.
- Dar por cerrado el cierre con la firma. Mientras no esté inscrita la escritura, lo que falte de liquidar sigue frenando el registro.
Preguntas frecuentes
- ¿Por qué no publican lo que cuesta cerrar?
- Porque las tarifas y las bases cambian, y porque dependen de la naturaleza del inmueble y de la calidad del vendedor. La liquidación concreta la da la notaría por escrito y la confirma la DIAN.
- ¿Cambia algo si compro penthouse en lugar de otra cosa?
- Cambia qué se liquida y ante quién. Por eso el primer paso es preguntarle a la DIAN por la operación concreta, con la destinación del inmueble sobre la mesa.
- ¿A quién le pido el paz y salvo?
- El del predial y el de valorización, al Distrito; el de cuotas, al administrador de la copropiedad; y el estado de gravámenes, al certificado de tradición y libertad.
Dónde comprobarlo
- DIAN — el RUT, la retención en la fuente en la venta y el impuesto sobre la ganancia ocasional
- Alcaldía Mayor de Cartagena de Indias — el impuesto predial, la valorización y los trámites del Distrito
- Superintendencia de Notariado y Registro — el certificado de tradición y libertad, que es el historial completo del inmueble
- Cartagena de Indias — normas propias del municipio al que pertenece La Boquilla
Organismos oficiales. Las cifras concretas se piden allí, no se copian de un anuncio.
Actualizado 06/11/2026
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