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NIT y RUT para comprar en Morros: la identificación tributaria de un comprador venezolano

Litoral de Cartagena de Indias, Colombia

La escritura identifica al comprador con un número, y un pasaporte extranjero no siempre es el número que el trámite espera. Un comprador venezolano que llega a la firma sin resolver su identificación tributaria colombiana se encuentra con que la fecha se corre, y no por el precio.

Aquí conviven dos cosas que se confunden. El RUT es el registro tributario ante la DIAN y el NIT es el número que ese registro asigna a quien no tiene cédula colombiana; son la identificación con la que usted existe para efectos fiscales y con la que se liquidan el impuesto del inmueble y la operación de venta futura. La cédula de extranjería y la visa son otra cosa y otra entidad. Lo que decide dinero es el orden: el titular que figure en la escritura, el titular del giro y el titular de la identificación tributaria tienen que ser el mismo, y corregir una discordancia después del registro es un trámite aparte. La DIAN es quien dice qué documentos acepta de cada país y en qué formato, la Cancillería es quien explica la apostilla y la legalización de esos documentos, y la notaría es quien dice con qué identificación va a extender la escritura.

Lo que decide esta compra no es el precio sino la trazabilidad: si el dinero pasó por cuentas en terceros países, hay que poder documentar cada tramo del recorrido, y esa documentación se reúne antes de iniciar la operación y no cuando el banco la pide. El giro tiene que entrar por el mercado cambiario con su declaración de cambio y quedar registrado como inversión extranjera ante el Banco de la República, y si la cuenta de origen no está en el mismo país que su documento de identidad, conviene preguntar expresamente al banco y al Banco de la República cómo se registra ese caso. El poder para firmar a distancia depende de dónde esté viviendo hoy, no de su nacionalidad: el cónsul de Colombia en ese país o la apostilla de ese país, y la Cancillería confirma cuál aplica. La visa y la cédula de extranjería se consultan con Migración Colombia, que es quien distingue entre un permiso de permanencia y una visa. Y la pregunta tributaria es si existe convenio entre Colombia y el país donde es residente fiscal, y qué dice sobre renta de arrendamientos y sobre ganancia ocasional, con un contador en cada país.

Lo que se compra en Morros no es suelo sino una unidad privada nacida del desenglobe de un solo folio matriz, y eso cambia el expediente: la cadena de títulos del lote la resolvió el constructor una vez, y lo que queda por revisar es el reglamento de propiedad horizontal que se inscribió, el acta de asamblea que lo haya reformado y el coeficiente de copropiedad asignado a la unidad, del que dependen el voto y el cobro. La contraparte tampoco es la del norte sin desarrollar: suele ser un propietario individual que vive fuera de Cartagena, así que el cierre depende de un poder suyo, de la autorización de su cónyuge cuando aplique y del paz y salvo que firma la administración, documento que en un lote rural ni existe. Quien decide aquí es la asamblea de copropietarios y el administrador que ella nombra, no una oficina pública: el Distrito y la curaduría ya intervinieron cuando se licenció la torre. Y la infraestructura interna, desde el bombeo hasta la planta eléctrica y la vigilancia, es privada y se sostiene con el presupuesto que aprueba esa misma asamblea, de modo que el historial de actas describe el inmueble mejor que cualquier recorrido.

Lo propio de Morros

El primer tramo consolidado de la Zona Norte: conjuntos cerrados de torres sobre la vía, con playa al frente y servicios propios. Casi todo es propiedad horizontal en torre, buena parte comprada para segunda vivienda y renta por temporadas. Está a minutos del aeropuerto por el Anillo Vial, que es su única vía real de entrada y salida.

  • qué dice el reglamento de propiedad horizontal sobre el alquiler por días, porque varios conjuntos lo restringen y el comprador se entera después de firmar
  • el estado de las cuotas de administración y del fondo de imprevistos, que en edificios frente al mar se consume en mantenimiento de fachada
  • si la torre tiene concesión o permiso para el uso de la playa al frente, que no viene con el apartamento

Qué verificar, paso a paso

  1. Pregunte a la DIAN qué identificación tributaria corresponde a su caso para figurar como comprador, qué documentos de su país se piden, en qué formato y si el trámite admite apoderado. La respuesta la da la DIAN, no el corredor.
  2. Lo que un comprador venezolano tiene que resolver antes de abrir el trámite: que el recorrido completo del dinero esté documentado tramo por tramo antes de iniciar la operación, incluidos los terceros países; cómo se registra ante el Banco de la República un giro cuya cuenta de origen no está en el país de su documento de identidad y si existe convenio entre Colombia y el país donde es residente fiscal, y qué dice sobre renta de arrendamientos y sobre ganancia ocasional, con un contador en cada país.
  3. Consulte en la Cancillería qué documentos de su país necesitan apostilla o legalización consular, y qué traducción oficial se exige, porque un documento sin ese sello se devuelve.
  4. Pregunte a la notaría de Morros con qué identificación va a extender la escritura y confirme que el nombre y el número coincidan exactamente con los del certificado de tradición y libertad y con los del giro.
  5. Si no va a estar presente, otorgue el poder ante el cónsul de Colombia o con apostilla, y pregunte en la notaría y en la Cancillería cuál de las dos formas le aceptan antes de pagar la traducción.
  6. Verifique en la Superintendencia de Notariado y Registro, una vez inscrita la escritura, que el comprador quedó anotado con la misma identificación con la que firmó.

Errores que salen caros

  • Tramitar la identificación tributaria al final, cuando ya hay fecha de escritura. Es el trámite que más veces corre la firma de quien compra desde fuera.
  • Girar desde una cuenta cuyo titular no es el comprador que va a figurar en la escritura. Son dos nombres que tienen que coincidir, y después cuesta más explicarlo que haberlo previsto.
  • Suponer que la identificación tributaria tiene algo que ver con la visa o con la residencia. Son entidades distintas y trámites distintos, y ninguno sustituye al otro.

Preguntas frecuentes

¿Puede un comprador venezolano hacer el trámite sin viajar?
Es lo que hay que preguntarle a la DIAN para su caso concreto, junto con si admite apoderado y qué documentos pide apostillados. Nosotros no anticipamos la respuesta porque los requisitos cambian.
¿Necesito cédula de extranjería para esto?
Es una pregunta para Migración Colombia, y es distinta de la tributaria. La identificación con la que se extiende la escritura la confirma la notaría.
¿Puedo comprar a nombre de una sociedad de mi país?
Es posible plantearlo, y cambia qué identificación y qué documentos se piden. Resuélvalo con la DIAN y con un contador antes de firmar la promesa, porque después el titular no se cambia sin otra escritura.

Dónde comprobarlo

Organismos oficiales. Las cifras concretas se piden allí, no se copian de un anuncio.

Actualizado 06/11/2026

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