Dimare Collection

Registrar la compra como inversión extranjera: un comprador mexicano en Barceloneta

La compra se inscribe aunque el giro haya entrado mal, y ahí está la trampa: la escritura queda registrada y la inversión no. Un comprador mexicano descubre ese desfase cuando quiere vender o sacar el dinero, que es cuando ya no se arregla sin trámite.

Esto no es lo mismo que acreditar de dónde salió el dinero. Acreditar el origen es la debida diligencia que el sector inmobiliario está obligado a hacer y que la UIAF explica. Registrar la inversión extranjera es una operación cambiaria: el giro tiene que entrar por el mercado cambiario con su declaración de cambio, por medio de un intermediario autorizado, y el Banco de la República es la entidad que dice cómo se registra, bajo qué modalidad y a nombre de quién. Lo que decide dinero es el nombre: el titular del giro, el titular que figura en la escritura y el titular del registro tienen que ser el mismo, porque es ese registro el que después soporta la operación contraria. Y si el dinero va a un patrimonio autónomo antes de llegar a la escritura, hay una verificación más: que la sociedad fiduciaria exista y esté vigilada, lo cual se comprueba en la Superintendencia Financiera y no en el folleto del proyecto.

Hay dos pesos en la operación y conviene decir siempre de cuál se habla, porque el contrato se firma en pesos colombianos y el dinero sale en pesos mexicanos: el giro se convierte, entra por el mercado cambiario con su declaración de cambio y se registra como inversión extranjera ante el Banco de la República, que es a quien se le pregunta cómo y a nombre de quién. El poder para firmar a distancia se otorga ante el cónsul de Colombia en la ciudad donde vive o ante notario público con apostilla, y cuál de las dos formas pide la notaría de Cartagena se confirma con la notaría y con la Cancillería antes de viajar a firmar algo. La visa y la cédula de extranjería no son iguales para todas las nacionalidades y se consultan con Migración Colombia: entrar sin visa para conocer la ciudad y establecerse en ella son dos situaciones distintas. La pregunta tributaria que hay que resolver con un contador en cada país es si existe convenio entre Colombia y su país y qué dice sobre renta de arrendamientos y sobre ganancia ocasional.

Lo que separa a este sector es que el suelo viene del campo y la titulación es joven: muchos predios nacieron de adjudicación o de ocupación rural y todavía arrastran matrículas de gran extensión sin desenglobar, linderos descritos por accidentes del terreno y cadenas con falsa tradición, de modo que lo que se vende como lote puede ser una cuota sobre un predio mayor. La contraparte tampoco es la de la ciudad construida: suele ser una familia del poblado, un adjudicatario o un promotor que compró para subdividir, y en el primer caso conviene verificar la capacidad de disponer y si pesa alguna limitación derivada del origen del título. La autoridad cambia con el lado del límite: aquí hay que confirmar primero si el predio responde al Distrito de Cartagena o al municipio vecino, porque de eso depende qué oficina expide el concepto de uso de suelo y ante quién se tramita la licencia, mientras lo ambiental y lo costero siguen con la corporación regional y la autoridad marítima. Y la infraestructura no está dada: el acceso al lote y las acometidas se pactan y se documentan, no se presumen.

Lo propio de Barceloneta

Un corregimiento de la franja norte todavía rural de carácter, con playa larga y un desarrollo que apenas empieza a ordenarse. Predominan lotes de gran extensión y vivienda del poblado, con desarrollos de casas y condominios en formación. Se llega por la carretera de la franja norte, y el acceso interior depende de vías locales y de pasos sobre predios privados.

  • a qué municipio pertenece el predio, porque la franja norte linda con Santa Catalina y el uso de suelo y las licencias no las expide la misma autoridad a un lado y al otro del límite
  • cómo nació el título, porque hay suelo de origen rural adjudicado y predios con falsa tradición, y si la matrícula está desenglobada
  • si el agua, la energía y el vertimiento son de red pública o solución propia, y quién responde por la vía de entrada al lote

Qué verificar, paso a paso

  1. Pregunte al Banco de la República, antes de transferir, por qué canal tiene que entrar el giro, qué declaración de cambio lo soporta, bajo qué modalidad se registra una inversión en inmuebles y a nombre de quién queda el registro.
  2. Lo que un comprador mexicano tiene que resolver con su banco y con el intermediario antes del primer giro: que cada cifra del contrato diga en qué peso está, y que el giro quede registrado como inversión extranjera ante el Banco de la República; si le piden el poder ante cónsul de Colombia o el poder notarial apostillado, preguntándolo a la notaría y a la Cancillería y si existe convenio entre Colombia y su país, y qué dice sobre renta de arrendamientos y sobre ganancia ocasional, con un contador en cada país.
  3. Pida por escrito al intermediario del mercado cambiario la constancia de la operación y la copia de la declaración de cambio, y guárdelas con la escritura: es el soporte que le van a pedir años después.
  4. Si el dinero entra a un patrimonio autónomo o a una fiducia del proyecto en Barceloneta, verifique en la Superintendencia Financiera que la sociedad fiduciaria exista y esté vigilada, y confirme que la cuenta de destino es la del patrimonio autónomo y no la de la constructora.
  5. Reúna la documentación de origen de fondos que la UIAF explica como obligación del sector, porque el corredor y la notaría están obligados a pedirla y sin ella se detiene el cierre.
  6. Confirme que el nombre y el número de identificación del giro, de la promesa y de la escritura coinciden exactamente, y corrija cualquier diferencia antes de la firma.

Errores que salen caros

  • Girar por fuera del mercado cambiario porque la transferencia ordinaria llegó más rápido. La compra se inscribe igual y la inversión queda sin registrar.
  • Dejar que gire un familiar o una cuenta de otro titular. El registro se hace a nombre de quien giró, y ese nombre tiene que ser el que figura en la escritura.
  • Confundir el soporte de origen de fondos con el registro cambiario. Son dos obligaciones ante dos entidades distintas, y cumplir una no cubre la otra.

Preguntas frecuentes

¿Qué diferencia hay con acreditar el origen de los fondos?
El origen es la debida diligencia que explica la UIAF y que piden el corredor y la notaría. El registro cambiario es ante el Banco de la República y es el que soporta la inversión. Hacen falta los dos.
¿Puede un comprador mexicano registrar la inversión después de firmar?
Es exactamente lo que hay que preguntarle al Banco de la República antes de girar, porque la corrección posterior es un trámite aparte. No lo decida con lo que le cuente el vendedor.
¿A quién le pregunto si la fiduciaria del proyecto es confiable?
A la Superintendencia Financiera, que es la que dice si esa sociedad existe y está vigilada. Antes de girarle dinero a un patrimonio autónomo, esa consulta es el paso previo.

Dónde comprobarlo

Organismos oficiales. Las cifras concretas se piden allí, no se copian de un anuncio.

Actualizado 06/11/2026

Este artículo en otros idiomas English

¿Le interesa una propiedad en esta zona?

Escríbanos y le enviamos las opciones disponibles.

Dimare Collection no vende ni intermedia propiedades en Miami. Esta es una página informativa: las operaciones las realizan corredores licenciados en el estado de Florida. Este texto no es asesoría legal, fiscal, migratoria ni hipotecaria; describe qué preguntar y a quién. Las normas y los organismos citados pueden cambiar: confirme siempre en la fuente oficial. Operado por Nisimblat Consulting SAS.